Autor: Instituto Sacerdos
Fuente: Instituto Sacerdos
 

22. Formación Espiritual: Algunos recursos II

 

PREGUNTAS PARA ORIENTAR LA DISCUSIÓN EN EL FORO

Nota:
no es necesario responder a todas las preguntas, cada uno es libre en eso. Se sugiere responder sobre todo a aquellas en las que uno tenga alguna idea o experiencia interesante que pueda enriquecer a los demás, que es de lo que se trata. Incluso puede comentar una pregunta que corresponda a otro grupo, u otro asunto relacionado con el tema que estemos viendo.

Formadores
- ¿Con qué periodicidad se organizan retiros y ejercicios espirituales en el seminario? ¿es un medio que ayuda a la formación de los seminaristas? ¿o se prefieren otras actividades?

Seminaristas
- ¿Cada cuánto acudes a tu director espiritual? ¿lo buscas con periodicidad o sólo cuando lo necesitas?
- ¿Te ayuda hacer diariamente examen de conciencia? ¿cuándo lo haces?

Otros sacerdotes
- ¿Experimenta el sacerdote la necesidad de tener un director espiritual? ¿o lo suele dejar después del seminario o de los primeros años del ministerio? ¿A quién acude para encontrar este tipo de ayuda personal?

Otros participantes
- ¿Qué tipo de libros espirituales te gustan y te ayudan más para alimentar el espíritu?

 

22. Formación Espiritual: Algunos recursos II


La dirección espiritual

Uno de los principios fundamentales de la formación sacerdotal subrayaba la importancia de la autoformación. Se insistía en que es el formando mismo el primer responsable de su vocación y de su formación. Pero vimos ya que es necesaria la colaboración del formador, y que éste debe prestar una ayuda personalizada. Un momento privilegiado de esta colaboración personalizada es la dirección espiritual.

El nombre de esta práctica, tal como se ha recogido en la tradición de la Iglesia, no debe llevarnos a una comprensión errónea de su sentido genuino. Podríamos hablar de "diálogo espiritual", "encuentro personal de formación", "orientación espiritual", etc. El nombre es secundario. Lo que importa es que se entienda bien que se trata de una colaboración que un sacerdote preparado dispensa a un seminarista, para ayudarle a caminar, él personalmente, en su propia vocación. El "director" espiritual no está ahí para "dirigir" al formando como se dirige una carreta, sino para ayudarle a "encontrar la dirección" y motivarle a seguirla libremente.

El principio del realismo antropológico y pedagógico nos ayuda a comprender que el seminarista necesita de veras esa colaboración. Todos corremos el riesgo de caer en el subjetivismo, y encerrarnos en una visión parcial de las cosas, y, sobre todo, de nosotros mismos. Por eso, como dice la sabiduría popular, "nadie es buen juez en su propia causa". En momentos de turbación y oscuridad todos agradecemos la ayuda de alguien que nos tienda una mano "desde fuera" y nos ayude a ver mejor, o al menos nos ofrezca su apoyo, nos dé ánimo, y -¿por qué no?- nos brinde un consuelo.

Colaboración, pues, con el formando. Pero, en realidad, el director espiritual, como todo formador, colabora con él en la medida en que colabora también con el Espíritu Santo. Hablábamos de que su labor consiste en ayudar al seminarista a encontrar la mejor dirección para su vida. No se trata de marcarle la dirección que él, como persona experimentada y prudente, cree más conveniente, sino de ayudarle a descubrir lo que Dios quiere en cada momento. De este modo se podría decir que la dirección espiritual es un diálogo entre tres: el formando, el formador y el Espíritu Santo, en el cual los dos primeros tratan de escuchar la voz del tercero para comprender cuál es la voluntad de Dios sobre el formando.

El orientador debe ser consciente de que la dirección espiritual se convertirá en un medio fecundo en el camino del alma hacia Dios si es profundamente motivadora, exigente y concreta; si no se convierte en un simple desahogo para el orientado; si es periódica, porque así lo requieren el carácter "progresivo" de la formación; si es profunda, pues la búsqueda de la voluntad de Dios compromete a todo el hombre con su inteligencia, su voluntad, su libertad, sus sentimientos; si es, por último, cordial y amable, es decir, si hay acogida, escucha, comprensión.

Esta acogida humana y cristiana favorecerá decididamente la apertura del formando. Una apertura que es esencial para que la dirección espiritual no sea una pérdida de tiempo. Pero, por otra parte, es necesario respetar la conciencia y libertad del seminarista. Pretender forzar a alguien a ser sincero es, simplemente, una "contraditio in terminis": la sinceridad nace de dentro, libremente, o no es sinceridad. El camino único es el de la motivación. Hay que saber estimular al seminarista para que dialogue con el director con sencillez y sinceridad: valorarle estas cualidades; hacerle ver que sólo así se le podrá dar una mano y sólo así Dios podrá hacer oír su voz; y, finalmente, facilitarle las cosas con su actitud benévola, cálida y comprensiva.

Evidentemente, no basta que el formando abra su interior al director espiritual; es preciso también que se abra confiadamente a sus observaciones, reflexiones, motivaciones y hasta indicaciones; es el mejor modo abrirse a las inspiraciones del Espíritu.

La práctica de la dirección espiritual será sólo posible si se cuenta con suficientes y buenos directores, que se entreguen con interés y generosidad a esa bella pero ardua labor. Por otra parte, el mejor modo de preparar futuros buenos orientadores es lograr que nuestros actuales seminaristas hagan asidua experiencia de una auténtica dirección espiritual.


El examen de conciencia

El examen de conciencia diario es un medio eficaz para la necesaria conversión al amor del Padre de las misericordias (cf. PO 18), y para constatar los progresos o deficiencias personales en el camino de la propia santificación y de la realización de la propia misión.

Todo comerciante serio se sienta regularmente a hacer cuentas y sacar las consecuencias necesarias para prosperar en el futuro. Un trabajo consciente y serio en la vida espiritual pide también detenerse frecuentemente para hacer un balance personal.

Al enseñar al seminarista a hacer el examen de conciencia, es importante ayudarle a entender que no es un mero acto de introspección, ni un recuento matemático de faltas cometidas ni mucho menos una autoexploración negativa y masoquista. Es, ante todo, un momento de oración ante Dios; y por tanto ha de hacerse en un clima de diálogo personal e íntimo con Cristo que le ha llamado, le pide su fidelidad, está dispuesto a perdonar sus faltas y puede sostenerle en adelante con su gracia.
Examinarse ¿de qué? De todo lo que importa en su vida. Su progreso espiritual, su fidelidad a los compromisos contraídos, su vivencia de las virtudes, su entrega a los demás, etc. Para ello podría ser útil algún tipo de cuestionario-guía. Pero lo fundamental es ese diálogo con Dios sobre la propia situación. No sólo para detectar fallos, sino también para descubrir los avances y las gracias de Dios correspondidas, y hacer nuevos propósitos o renovar los ya hechos.


Retiros y ejercicios espirituales

Siguiendo con el ejemplo anterior, podríamos hablar de los balances globales que todo comerciante o empresario tiene que realizar periódicamente. Una vez al mes, y, desde luego, al final del ejercicio, analiza la situación del negocio, saca cuentas y se plantea una estrategia y un presupuesto para el año siguiente. Hay que enseñar a los seminaristas a ser profesionalmente serios en su búsqueda de la santidad sacerdotal y en su entrega a la misión encomendada.

Todos sentimos la necesidad de ciertos momentos de mayor recogimiento. Una semana, un día, dedicados exclusivamente a la oración, a la meditación, en una palabra a nuestra relación con Dios. Por otra parte, es evidente que cuando vivimos en un clima de mayor intensidad espiritual es más fácil escuchar la voz de Dios, que quizás estaba tratando de hacerse oír, en vano, porque andábamos demasiado atareados. Todos necesitamos momentos de retiro. Nuestra condición humana, limitada e histórica, implica que sufrimos el desgaste del tiempo. Se nos van olvidando los principios aprendidos, se nos desdibuja el ideal, se desinfla el entusiasmo. Así somos todos. Necesitamos momentos de renovación.

También el seminarista los necesita, en su subida hacia el sacerdocio. Sería inconveniente no proporcionarle en el seminario una ayuda tan importante. A lo largo del año se pueden organizar varios retiros periódicos: un día o media jornada una vez al mes, o en algún momento especial del año litúrgico, etc. Pueden ser útiles actividades de convivencia y reflexión sobre temas específicos. Pero no deben faltar algunas jornadas dedicadas especialmente a la oración personal, en silencio interior y exterior (cf. Ratio Fundamentalis 56).

Otro tanto hay que decir de los llamados ejercicios espirituales. No cabe duda que hay actividades provechosas integradas por reuniones, reflexiones en común, conferencias, paneles de información, etc. Sin embargo, nada puede sustituir la fuerza renovadora del encuentro a solas con Dios que caracteriza los ejercicios espirituales. Una experiencia ya plurisecular ha demostrado su particular eficacia. No parece justificado abandonar sin más ese instrumento de crecimiento espiritual regalado por Dios a la Iglesia a través de san Ignacio de Loyola. Hay, eso sí, que actualizar y renovar, continuamente, su contenido y su realización, pero salvaguardando su estructura y sus elementos esenciales. Si se alteran éstos sería mejor darle otro nombre a la nueva práctica espiritual inventada.

Puede ser, pues, muy conveniente que los seminaristas celebren anualmente los ejercicios espirituales, con su dinámica propia. Esa dinámica incluye la combinación de meditaciones, momentos dedicados al examen personal y a la reflexión; el seguimiento de la estructura temática fundamental, con todas las debidas y necesarias adaptaciones; el enfoque de conversión y renovación de la propia vida que debe permear todas las actividades; la guarda total del silencio, como clima de disponibilidad a la gracia; la dedicación completa a las tareas de los ejercicios, prescindiendo de toda otra ocupación o preocupación; la preparación -si parece oportuno- de una confesión general sobre el período trascurrido desde los últimos ejercicios; el diálogo con el propio director espiritual para revisar con él el estado de la propia vida y analizar la dirección a seguir en el futuro inmediato.

No cabe duda que se trata de una actividad fuerte. Creer, sin embargo, que los jóvenes de hoy son incapaces de ella es, simplemente, rebajar su capacidad; y significa también que no se tiene noticia de los muchos jóvenes, también seglares, que cada año participan en tandas de ejercicios, con íntimo gozo y abundante fruto espiritual.


Un programa de vida espiritual

Hablábamos de "profesionalismo" en la vida espiritual. No se puede negar que las cosas del espíritu son imprevisibles. Para Dios «un día es como mil años y mil años como un día» (2 Pe 3,7; cf. Sal 90,4). Él puede darnos en un instante aquello que andábamos tratando de alcanzar durante años. La vida espiritual tiene mucho de "intuitivo" y debe ser siempre algo espontáneo. Sin embargo, cuando alguien quiere de veras alcanzar algún objetivo, se esfuerza por poner todos los medios a su alcance. El medio principal, en el trabajo espiritual, será la oración y la confianza en Dios. Pero si Él nos ha dado una razón capaz de ordenar nuestros esfuerzos será para que la usemos en toda nuestra vida; quizás de modo especial en la tarea primordial de nuestro crecimiento interior y en nuestra transformación en Cristo. San Pablo tomaba muy en serio su "carrera espiritual"; por eso corría «no como a la ventura» (1 Co 9,26), sino poniendo con interés los medios necesarios.

Ésta es la razón del llamado "programa de vida espiritual". Su sentido radica en dos principios fundamentales del capítulo segundo. La formación, decíamos, debe ser "transformación", configuración paulatina con Cristo sacerdote, por la vivencia de las virtudes sacerdotales. Por otra parte, la formación es "progresiva": la transformación se va realizando, normalmente, paso a paso, conquista tras conquista. Son esos pasos los que se pueden "programar".

El programa de vida espiritual no sirve para establecer una determinación automática, como en el dominio de la informática. Su finalidad es encauzar y ordenar el trabajo espiritual. Ante todo, es preciso detectar bien las propias necesidades: los principales defectos que obstaculizan el progreso en la santidad, seguramente agrupables en torno a una "pasión dominante", y las virtudes más necesarias para contrarrestar esas deficiencias y madurar en el camino de santidad. Luego conviene fijar unos cuantos medios que ayuden apropiadamente, a la persona en cuestión, a realizar ese propósito. Se tratará del buen aprovechamiento de los medios ordinarios a su alcance, o bien la disposición de algunos otros más particulares.

Un momento ideal para la preparación del programa espiritual es el tiempo de ejercicios espirituales. En ese clima de recogimiento y de intimidad con Dios, a la luz de las inspiraciones del Espíritu Santo se pueden muy bien establecer los propósitos para el curso que empieza, y revisarlos con la ayuda del director espiritual.

Es evidente que de nada servirá el programa de vida si no se hace vida. Para ello se requiere repasarlo con frecuencia. Puede ser objeto del examen de conciencia diario, tema del diálogo con el propio orientador, y materia para preparar el sacramento de la reconciliación.


La lectura espiritual

Veamos, por último, la conveniencia de educar a los seminaristas a la lectura espiritual. No hace falta ponderar la importancia de la lectura en todos los campos. Un buen libro nos pone en contacto con los mejores resultados de las investigaciones, experiencias y reflexiones. Es una mina al alcance de la mano.

Claro que la mejor mina, el mejor texto de lectura para un seminarista, como para todo cristiano, es el que tiene por Autor al mismo Dios. Hay que ayudar a los candidatos a leer frecuentemente la Escritura y a gustarla como miel dulce al paladar (Sal 119,123). Junto a ella puede ser de indudable provecho la lectura de los santos padres, de los clásicos de la vida espiritual en la tradición de la Iglesia, de los principales documentos del Magisterio, así como de buenos autores modernos de espiritualidad.

Para que sea verdadero alimento del espíritu, la lectura espiritual debe ser algo periódico y frecuente. Podría servir de ayuda dedicar a ella un momento del horario diario.


Conclusión

He aquí un esbozo de algunos aspectos de la formación espiritual del sacerdote. Ha sido fácil decirlo. Queda, sin embargo, la tarea de cada uno, de cada formador: encontrar la senda peculiar por la que Dios quiere llevar a cada formando, y ayudarle a que la siga con generosidad, con la certeza de que la ascensión a la cumbre de la santidad vale la pena.


LECTURAS RECOMENDADAS

Autor: Pedro María Reyes Vizcaíno
La dirección espiritual del seminarista

El derecho canónico declara que el seminarista tiene libertad para escoger su director espiritual y su confesor. Este derecho del seminarista se debe conjugar con la necesidad de garantizar una formación espiritual para todo el seminario.

 

La dirección espiritual del seminarista

La dirección espiritual del seminarista


El Código de Derecho Canónico se ocupa de la formación de los seminaristas. No sólo presta atención a la formación doctrinal religiosa, o también a la formación pastoral, sino que también se preocupa de una cuestión tan delicada -y de tanta trascendencia para la vida de la Iglesia- como es su formación espiritual. Además de dar los criterios de la formación espiritual de quien es candidato al sacerdocio, se ocupa también de establecer el modo de ejercer la dirección espiritual, estableciendo una legislación que facilita sobremanera que el seminarista pueda recibir una efectiva dirección espiritual, y además garantizando la necesaria libertad del seminarista al escoger a su director espiritual.

Lo mismo se puede decir -mutatis mutandis- de la confesión de los seminaristas. El legislador canónico se ocupa de posibilitar la recepción frecuente del sacramento del perdón por parte de los seminaristas, y arbitra medidas para que efectivamente se les facilite la confesión, siempre respetando la legítima libertadque tiene cada uno para escoger su confesor.

Además, la legislación en vigor garantiza la necesaria reserva de las conversaciones de ayuda y dirección espiritual que el seminarista mantenga, incluso en el momento de tomar una decisión tan trascendente como es la de proponer la admisión de un candidato a las Ordenes sagradas.

Estos son los cánones que hablan de la materia:

Canon 239 § 2: En todo seminario ha de haber por lo menos un director espiritual, quedando sin embargo libres los alumnos para acudir a otros sacerdotes que hayan sido destinados por el Obispo para esta función.

Canon 240 § 1: Además de los confesores ordinarios, vayan regularmente al seminario otros confesores; y, quedando a salvo la disciplina del centro, los alumnos también podrán dirigirse siempre a cualquier confesor, tanto en el seminario como fuera de él.

§ 2: Nunca se puede pedir la opinión del director espiritual o de los confesores cuando se ha de decidir sobre la admisión de los alumnos a las órdenes o sobre su salida del seminario.

Canon 246 § 4: Acostumbren los alumnos a acudir con frecuencia al sacramento de la penitencia, y se recomienda que cada uno tenga un director espiritual, elegido libremente, a quien puedan abrir su alma con toda confianza.

Canon 985: El maestro de novicios y sus asistente y el rector del seminario o de otra institución educativa no deben oír confesiones sacramentales de sus alumnos residentes en la misma casa, a no ser que los alumnos lo pidan espontáneamente en casos particulares.

Como se ve por estos cánones, se establece la obligación para la legítima autoridad del seminario de nombrar al menos un director espiritual. El canon 239 § 2 establece que entre los designados para esta función, el seminarista puede acudir libremente a otros sacerdotes designados por el Obispo para esta función.

Igualmente, el seminario ha de proveer al nombramiento de confesores ordinarios, y procurar que vayan otros confesores. Los seminaristas pueden acudir libremente a cualquier confesor, con la única limitación de preservar la disciplina del seminario. La alusión a la disciplina del seminario se debe entender hecha al respeto por parte del seminarista de las horas de entrada y salida y otras normas disciplinares semejantes, nunca al establecimiento por parte de las autoridades del seminario de uno o varios confesores a los que obligatoriamente deban acudir los seminaristas. Otra interpretación distinta desvirtuaría el tenor literal del canon 240 § 1.

¿Puede el seminarista escoger un director espiritual distinto de los directores espirituales nombrados por la autoridad del seminario? Parece que sí, de acuerdo con el canon 240 § 1. Aunque no indica expresamente que el director espiritual pueda ser escogido fuera del seminario -como sí se dice del confesor- tampoco lo excluye. El canon 239 § 2 indica que los seminaristas pueden acudir a directores espirituales designados por el Obispo para el seminario. Sin embargo el canon 246 § 4 indica expresamente que el director espiritual pueda ser escogido libremente, sin señalar ninguna restricción. Se debe tener también en cuenta que el canon 18 establece que las leyes que coartan el libre ejercicio de los derechos se deben interpretar estrictamente.

A la vista de las anteriores conclusiones, pudiera sacarse la conclusión de que es misión de la autoridad del seminario nombrar confesores y director espiritual, y abstenerse de intervenir en la formación espiritual de los seminaristas para respetar su libertad. O incluso que el director espiritual, una vez que ha ofrecido su atención a los alumnos del seminario, ha de despreocuparse de la marcha del seminario o de si los seminaristas acuden a la dirección espiritual o no. Pero tal interpretación es falsa: nada más lejano de lo que el Código de Derecho canónico pretende.

El director espiritual del seminario tiene funciones comunes a todo el seminario, colectivas para todos los seminaristas: así, ha de preocuparse de todo lo que se refiere a la formación espiritual de quien quiere ser sacerdote. Los cánones 245 y 246 hablan específicamente de la formación espiritual que debe prestar un seminario: y esa es una función específica del director espiritual. También deberá encargarse de la predicación en el seminario; muchas veces se realizará por medio de otros, pero será función del director espiritual asegurar la predicación periódica, quizá estableciendo un plan de pláticas u homilías que garanticen una predicación orgánicamente estructurada. Estos son dos ejemplos de las funciones de dirección espiritual comunes a todo el seminario.

Y tampoco ahí acaban las funciones del director espiritual. El director espiritual deberá seguir la marcha de cada alumno, no sólo ofreciéndose a hablar con cada uno, sino preocupándose del acompañamiento y dirección espiritual de cada uno. No puede violentar la legítima libertad del seminarista de escoger su director espiritual, pero tampoco debe desentenderse de la dirección espiritual de cada uno: si el seminarista tiene director espiritual, no ha de entrometerse el director espiritual del seminario. Pero si el seminarista no ha escogido director espiritual, puede facilitarle que escoja uno, quizá él mismo.

Además, el canon 240 § 2 establece que no se debe pedir la opinión del director espiritual o de los confesores cuando se ha de decidir sobre la admisión a las sagradas órdenes o la salida del seminario. Este canon se relaciona con el canon 985: puesto que en estas trascendentales decisiones sí debe intervenir el rector. El cual, por lo que se ve, nunca debe ser nombrado confesor del seminario. De este modo el rector tiene las manos libres para dar su opinión. Lógicamente el rector nunca puede usar para el gobierno del seminario, o para dar su opinión sobre la admisión a las sagradas órdenes o salida del seminario de un alumno, de lo que hubiera conocido en confesión: cfr. al respecto el canon 984 § 2. La finalidad de esta norma es no hacer odiosa la dirección espiritual. En el caso de la confesión entra en juego además el sigilo sacramental.